Resumen del Artículo Disposición adicional séptima

Artículo Disposición adicional séptima del Ley 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública. (codigo) — Disposición adicional séptima. La situación de funcionarios declarados «a extinguir» será objeto de regulación mediante Decreto.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional séptimaDisposición adicional séptima

Disposición adicional séptima.

La situación de funcionarios declarados «a extinguir» será objeto de regulación mediante Decreto.

Norma publicada: 10 de marzo de 1993

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional séptima

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional séptima?

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